La cédula de habitabilidad es el documento que certifica que una vivienda en Menorca cumple los requisitos mínimos para ser habitada, y en las Islas Baleares es obligatoria tanto para venderla como para dar de alta la luz, el agua o el gas. Sin una cédula en vigor, el notario no puede autorizar la escritura de compraventa.
Es un documento oficial que acredita que una vivienda cumple los requisitos mínimos de superficie, instalaciones sanitarias y conexiones técnicas para uso residencial, regulado en las Islas Baleares por el artículo 16.1 de la Ley 5/2018 de la vivienda de les Illes Balears. Se expide a nombre del inmueble, no del propietario, por lo que acompaña a la vivienda cuando esta cambia de titular.
En las Islas Baleares, la cédula de habitabilidad tiene una vigencia de 10 años desde la fecha de expedición. Transcurrido ese plazo, debe solicitarse una cédula de renovación antes de poder vender, alquilar de nuevo o tramitar cambios en los contratos de suministro.
| Tipo de cédula | Cuándo se solicita |
|---|---|
| Primera ocupación | Para obras nuevas o reformas de gran envergadura |
| Renovación | Una vez transcurridos los 10 años de vigencia |
| Carencia | Para edificios terminados antes del 1 de marzo de 1987 que nunca hayan tenido cédula |
Sin cédula de habitabilidad en vigor, el notario no puede autorizar la escritura y las compañías suministradoras no pueden formalizar nuevos contratos de agua, luz o gas. Es un documento que conviene revisar en cuanto se identifica una propiedad de interés, no dejarlo para el último momento antes de la firma.
La solicitud corresponde en principio al propietario del inmueble, con la intervención de un técnico competente que verifica que la vivienda cumple los requisitos.
Si la vivienda no cumple los requisitos mínimos, el técnico indicará las deficiencias detectadas (superficie insuficiente, falta de ventilación, instalaciones incompletas) y las obras necesarias antes de poder obtener la cédula.
Puede negociarse quién la tramita y quién asume el coste, pero la operación no debería cerrarse sin resolver esta cuestión. En la práctica, lo habitual es que sea el vendedor quien la aporte antes de la firma, aunque en algunas operaciones se pacta que el trámite corra a cargo del comprador a cambio de un ajuste en el precio.
No es recomendable: sin cédula en vigor, el notario no puede autorizar la escritura ni pueden formalizarse los contratos de suministros.
Por defecto suele corresponder al vendedor, aunque en la práctica es un punto que se negocia entre las partes antes de firmar.
10 años desde su fecha de expedición; pasado ese plazo hay que solicitar una cédula de renovación.
Son documentos distintos: la cédula certifica que la vivienda cumple los requisitos mínimos de habitabilidad, mientras que el certificado energético evalúa su eficiencia energética. Ambos son obligatorios para vender en Baleares.
Depende de la reforma: si afecta a la superficie, distribución o instalaciones básicas de la vivienda, la cédula puede quedar invalidada y ser necesario renovarla.
Comprobar el estado de la cédula de habitabilidad desde el primer momento evita retrasos de última hora en la firma. En Fincas Venalis revisamos esta documentación con cada comprador y vendedor como parte del acompañamiento en todo el proceso de compraventa en la isla.
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